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10 noviembre, 2022

LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

La recién aprobada Ley de Memoria Democrática (octubre de 2022) no significa, como proclama algún líder político adverso, que el actual gobierno se preocupe por los “muertos” mientras que ellos, de gobernar, se preocuparían de los “vivos”. Significa que se reconoce a las víctimas de la guerra civil y la dictadura de Franco como tales. Las víctimas no son privativas de algunas épocas más convulsas de la historia. En realidad, vivimos en un mundo de víctimas, por múltiples motivos. Reconocer a las víctimas, las de ahora y las del pasado, las más cercanas y las más lejanas, forma parte de un humanismo eficaz. Olvidarlas es una crueldad. Si lo hacemos, nosotros mismos nos convertimos en inhumanos, pues resultamos insensibles, indiferentes, al sufrimiento de los demás. Para justificar la necesidad de esta atención hacia las víctimas de todo tipo, no tenemos más que ponernos en su lugar y recordar la sensación de soledad y de abandono que nos agobia cuando somos nosotros quienes sufrimos, por motivos más o menos grandes, quizá nimios en algún caso, y observamos que los demás pasan de largo. El que sufre solicita que los demás lo miren, pide ayuda siempre, de un modo u otro. Somos humanos cuando sufrimos y cuando prestamos ayuda. En ambas acciones nos reafirmamos como humanos. Otra constante de la humanidad es el recuerdo agradecido hacia los difuntos, aquellos precisamente que han hecho posible nuestra vida, la que ahora gozamos, aun en el caso de que ellos no hayan sufrido en sí ninguna violencia en especial.


       Si es verdad que cada humano experimenta una sensibilidad mayor hacia aquellos más cercanos por su afinidad (ideológica, religiosa…) o por su parentesco, no es menos cierto que la calidad de su humanismo se aquilata cuando es capaz de extender su atención a todos. ¿Qué sentido tiene que yo experimente como un agravio el que otros honren a sus muertos, como si esa honra que se les da a ellos quitara a los míos la que a estos les corresponde? En realidad, es un sinsentido y una miopía. Y, sin embargo, este es el fenómeno que se da de un modo general en nuestro país cuando se trata de recordar a los muertos de la guerra civil. En varias ocasiones lo he observado, con personas de todas las tendencias. Es un desgraciado carácter transversal que deberíamos superar de una vez. Una persona consciente y generosa tendría que vibrar, conmoverse, ante todos los casos de injusticia sin excepción. ¿Por qué tengo que acusar de “sectario” al que celebra a esos muertos que no pensaban como yo? Y, más aún, otra pregunta pertinente sería: ¿Por qué tengo que identificarme con uno de los dos bandos que entonces se odiaban, reviviendo en mí aquel odio? ¿Es que no estoy ahora yo, ya lejos de aquel fuego, en mejor disposición para comprender a unos y a otros?

       Hay un tipo de víctimas de aquella lamentable situación que son aquellas personas que se llaman, en el lenguaje cristiano, “mártires”. “Mártires” son aquellos que murieron por el motivo de su fe, es decir, por el odio que sus verdugos tenían a esa misma fe y porque dieron a su propia muerte el valor de ser un testimonio de ella. En realidad, ninguno de estos dos puntos, el que se refiere a los verdugos y el que se refiere a las víctimas, se cumplió de un modo químicamente puro, pues pudo haber y sin duda hubo otros motivos más que se mezclaron, sea para matar sea para morir. También es verdad que la vivencia de la fe de aquellos “mártires” estuvo teñida de una mentalidad religiosa o política que ya no se identifica con la que ahora tenemos muchos de los creyentes actuales, porque, al fin y al cabo, en cada época o situación, la fe se incultura de un modo particular. Sin embargo, aplicando por parte de las autoridades eclesiales unos criterios generales (es decir, no construidos ‘ad hoc’) de identificación del “martirio”, sí se puede determinar que fueron y que son “mártires”, y el martirio es, dentro de la iglesia católica, una categoría de la vida cristiana que justifica además un culto público. Algunos creyentes actuales pudieran no considerarse a sí mismos muy afines a un determinado tipo de martirio, por sus connotaciones de mentalidad que ellos no comparten. Esto sería legítimo, pero aún ellos deberían reconocer esa categoría de “martirio”, pues ella es, ciertamente, esencial a la vida cristiana. Por eso que, en las últimas décadas, una vez que ya está lejos el régimen de Franco, se han podido celebrar beatificaciones o canonizaciones, sin que quepa ya aducir que se hacen para justificar a dicho régimen.

       Y dicho todo esto, aun los más devotos con relación a estos mártires cristianos no deberían obcecarse con ellos. Por la sencilla razón de que hay muchas más víctimas. Y esto es justamente lo que nos recuerda la redacción y promulgación de esta ley. Es esta una ocasión para que todos abramos nuestra mente, mediante un conocimiento más preciso de todas las situaciones, y nuestro corazón, dirigiéndolo hacia otras víctimas en las que antes tal vez no habíamos reparado. En el artículo 3 se define a quién se considera “víctima”. Ello se hace con toda lógica. Efectivamente, se trata de un discernimiento previo, basado en la historia, que se hace con el objeto de poder después sacar las consecuencias legales relativas a culpabilidades, indemnizaciones, reconocimientos, etc. El caso es que se describen hasta 13 categorías (nombradas por letras, desde la ‘a’ hasta la ‘m’) de “víctimas”. No se dice que haya que equipararlas a todas, pues las diferencias, cuantitativas o cualitativas, son claras, pero a todas se las incluye bajo esa categoría de ”víctimas”. Creo que sería una tarea ardua si alguien se propusiera argumentar que unas lo son de un modo absoluto y otras ni siquiera merecen el nombre, porque su sectarismo, real, saltaría a la vista. En esta enumeración que se hace, una categoría individual no define a un grupo cerrado, pues es claro asimismo que a una misma persona se le podrían aplicar varias de las categorías. Las 13 categorías serían estas:

a. fallecidos o desaparecidos,

b. privados de libertad o sometidos a tortura o malos tratos,

c. deportados y sometidos a trabajos forzados,

d. exiliados,

e. represaliados económicamente (incautaciones, multas),

f. LGTBI represaliados,

g. profesionales (maestros, funcionarios) depurados,

h. niños sustraídos y adoptados y sus familiares,

i. guerrilleros antifranquistas y colaboradores,

j. represaliados por el uso o difusión de su lengua propia,

k. militares de la UMD,

l. perseguidos por razón de creencias religiosas,

m. los que asistieron a víctimas en peligro.


Es en el apartado ‘l’ donde se puede incluir a los “mártires” cristianos. La expresión que se emplea en el artículo es literalmente la siguiente:

“l. Las personas que sufrieron persecución o violencia por razón de conciencia o creencias religiosas, así como aquellas personas represaliadas o perseguidas por pertenecer a la masonería o a las sociedades teosóficas y similares”.

Algún creyente podría aducir que aquí se diluye excesivamente la trascendencia del martirio cristiano al incluirlo en una clasificación bastante heterogénea que recoge situaciones de valor desigual y podría protestar incluso diciendo que “no se llama a las cosas por su nombre”. En realidad, hay que admitir que el término “martirio” pertenece al lenguaje intraeclesial, aquel que sólo se puede entender en su contexto teológico. Pero no sería de uso en un texto legal, donde el concepto de “víctima” (persona que sufre un daño por la actuación de otro, al margen de motivaciones) sí puede ser empleado y tiene un campo de referencia más amplio, que incluye la especificidad denotada por el término confesional “mártir”. Por otro lado, también hay que recordar que el concepto de “mártir”, si bien tiene su origen dentro de la historia y de la teología cristianas, se ha extendido de hecho, ya desde hace mucho tiempo, para designar a cualquier persona que muere por algún motivo, del que él mismo es intencionalmente consciente o que, al menos, le es atribuido por los que vienen después. Por eso se ha hecho ya usual hablar, por ejemplo, de “mártires de la libertad y la democracia”, como en otras situaciones se habla de otros tipos de martirio. Y esta misma consideración debería ya convencernos, a los que damos importancia al “martirio” cristiano, de que hay otros tipos de martirio y otros tipos de victimización… Creo que no es tiempo de mezquindades sino de ampliar el arco de nuestra compasión, la que nos hace humanos.


                                                 




2 comentarios:

  1. Después de tratar de escribir un extenso comentario, no he podido publicarlo. El resumen es: para nada de acuerdo con esta Ley que sólo reconoce de facto una categoría de víctimas (las de la "legalidad" republicana) y esconde todas las victimas del otro bando. Leyes cómo está jamás conducirán a la reconciliación, asignatura que sigue pendiente.

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  2. Gracias a Concepción Heras, de San Lorenzo de El Escorial, por su comentario en Facebook:
    Tu ampliación en el blog también me ha gustado. Humanismo es el criterio que motiva dar sepultura a los asesinados. La arqueología nos muestra que nuestros ancestros, de una manera o de otra, ya mostraban este respeto a los muertos. La ONU, teniendo como referente los Derechos Humanos, ha instado al gobierno España a reparar la situación.

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